A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Santamaria Gutierrez Carlos Adrian·Respondent Terminales De Transporte De Medellin Sa Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Medellín, suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra del Terminal de Transportes de Medellín SA, Misión Empresarial Servicios Temporales S.A. y Empleamos S.A, con la que pretende que se declare que existió una relación laboral con el Terminal de Transportes y que las otras demandadas actuaron como simples intermediarias, entre otras pretensiones.
Cumplidos los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el Terminal de Transportes es una sociedad de economía mixta, cuya regla de vinculación del personal, por regla general, es la de trabajadores oficiales y como excepción, la de empleados públicos en actividades de dirección y confianza, que no corresponde a las del demandante, por lo que la vinculación como trabajador oficial no se puede desvirtuar.
La Corte considera pertinente reiterar la regla del Auto 1416 de 2024, según la cual, de conformidad con el numeral 4º del artículo 105 del CPACA y el numeral 1º del artículo 2 del CPTSS, la jurisdicción ordinaria laboral conocerá de las demandas en las que se pretenda (i) la declaratoria de existencia de una relación laboral con una entidad pública a la que la parte demandante aduce haberle prestado servicios personales, a través de un vínculo formal con una empresa, sociedad o entidad que presuntamente habría actuado como simple intermediaria, (ii) cuando la regla general de vinculación de la entidad pública sea la de trabajadores oficiales y (iii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Medellín conocer la demanda presentada por el señor Carlos Adrián Santamaría Gutiérrez contra el Terminal de Transportes de Medellín S.A. y otros.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5915 al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Medellín y a los interesados en este asunto.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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